Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 189/2006, Reporting Judge JESUS MARIA MARTIN MORILLO
Case Law No.325/2006
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Id. vLex: VLEX-20801076
"DESPIDO. CONSIGNACIÓN DE INDEMNIZACIÓN. INTERESES. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN. Se reclama y se inicia el procedimiento de ejecución de intereses de mora procesal devengados por las cantidades que fueron consignadas por la empresa en concepto de indemnización por despido y salarios de tramitación. La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier otro acto de reconocimiento de la deuda por el deudor. En el presente caso, por tanto, la prescripción de la acción se interrumpió el día 17 de junio de 2004, al proceder la empresa deudora a consignar el principal de las cantidades objeto de condena, y es a partir de este fecha que se inicia el plazo de un año para solicitar la ejecución por los intereses moratorios procésales.Se trata de unos intereses determinables mediante una simple operación aritmética, que la norma anuda a la condena de una cantidad de dinero y que no necesita ser objeto de un pedimento de la demandada, puesto que la obligación nace ""ope legis"" y su cuantía, según la Ley 24/1984, de 29 de junio , se fija anualmente en la Ley de Presupuestos.El no ejercicio de la acción ejecutiva en el plazo de un año desde la notificación de la consignación y puesta a su disposición de las cantidades objeto de condena, una vez firme la sentencia de 18 de diciembre de 2001 , sólo es achacable al actor, pues como bien dice el Juzgador de instancia, nada le impedía instar en plazo dicha acción y, por tanto, se impone la desestimación del recurso y la confirmación del auto recurrido. Instancia estima la excepción de prescripción de la accíón. La alzada desestima el recurso de suplicación."
Case of Tribunal Superior de Justicia - Cantabria - Sala de lo Social nº 325/2006, of March 22, 2006
RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIASSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGONJESUS MARIA MARTIN MORILLO
T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIALSANTANDERSENTENCIA: 00325/2006 Rec. Núm. 189/06 Sec. Sra. Colvée Benlloch.PRESIDENTEIlmo. Sr. D. Rubén López Tamés IglesiasMAGISTRADOSIlmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón ...
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