Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 745/2004, Reporting Judge ANGEL ACEVEDO CAMPOS
Case Law No.383
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Id. vLex: VLEX-20882291
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LIQUIDACIÓN DE DERECHOS DE IMPORTACIÓN. MERCADERÍAS. INTERESES. El procedimiento para la liquidación, requiere una serie de trámites que se verifican tanto ante la Administración Nacional como ante la Administración Europea, de lo que se deriva que la eficacia de la primera liquidación esté sujeta a una condición resolutoria, esto es, al informe de la Comisión en el que se indique si el contingente, cupo o saldo correspondiente está o no agotado. En Sede Administrativa se emite liquidación por derechos de importación. El Tribunal Económico Administrativo desestima la reclamación económico administrativo. Se estima en parte el recurso contencioso administrativo, dejándose sin efecto la liquidación de intereses.

Constitución Española de 1978. - Artículos 1 , 2
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículo 120
Empresa
Case of Tribunal Superior de Justicia - Santa Cruz de Tenerife, Canarias - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 383, of February 14, 2006
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