Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 980/2003, Reporting Judge JUAN JOSE RODRIGUEZ OJEDA
Case Law No.518
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Id. vLex: VLEX-20882582
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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. AGENTE DE SERVICIOS AUXILIARES. CANTIDADES ESTABLECIDAS EN CONVENIO COLECTIVO. INFRASEGURO. No puede estimarse que se esté ante un supuesto de infraseguro, pues no existen desajustes entre el contenido prestacional de las mejoras directas establecidas en el convenio y lo que el empresario tomador concierta en el contrato de seguro, pues en la póliza se procedió a determinar y definir los riesgos que cubría y los capitales asegurados con claridad y precisión, alcanzando a la totalidad de la indemnización establecida en el Convenio Colectivo. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la suplicación.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 191
Empresa
Invalidez
Grados de incapacidad
Incapacidad permanente total
Case of Tribunal Superior de Justicia - Palmas de Gran Canaria (Las), Canarias - Sala de lo Social nº 518, of February 22, 2006
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