Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 1370/2005, Reporting Judge JUAN JOSE RODRIGUEZ OJEDA
Case Law No.1362
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Id. vLex: VLEX-20883376
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"TÉCNICOS SUPERIORES DE GESTIÓN DEPORTIVA. RECLAMACIÓN AL INSTITUTO INSULAR DE DEPORTES. CESE. AMORTIZACIÓN DE PLAZAS POR CABILDO INSULAR. DESPIDOS IMPROCEDENTES. REPRESALIA. EXCEPCIÓN DE LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. La exigencia de la llamada al proceso del Cabildo Insular como litisconsorte pasivo necesario se deriva tanto de la ley como de su posición en la relación jurídico material, y ello obligaba a apreciarlo así de oficio; puede existir relación entre la empresa demandada y el Cabildo Insular dado que consta como probado que la amortización de las plazas de los demandantes fue aprobada este. En primera instancia se desestima la demanda. La Sala estima de oficio la excepción de litisconsorcio pasivo necesario."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 12 , 116 , 227
Constitución Española de 1978. - Artículo 120
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 81
Servicio de salud
Case of Tribunal Superior de Justicia - Palmas de Gran Canaria (Las), Canarias - Sala de lo Social nº 1362, of March 27, 2006
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