Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 1637/2005, Reporting Judge IGNACIO JOSE DUCE SANCHEZ DE MOYA
Case Law No.1380
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/20883435
Id. vLex: VLEX-20883435
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
DESPIDO IMPROCEDENTE. DIMISION. Estimada parcialmente la demanda declarando improcedente el despido. La empresa demandada interpone recurso de suplicación. Alega dos motivos, primero el carácter especial de alta dirección de la relación laboral existente entre las partes y segundo la inexistencia de despido, sino de dimisión del trabajador. Al actor, por vía de hecho, se le vinieron encomendado funciones gerenciales. Tareas que no quiso seguir asumiendo, comunicándolo así a la dirección, quien no consta que lo aceptase, interpretándolo como una dimisión del trabajador. Pero si este no era personal de alta dirección no cabía tal dimisión regulada en el artículo 10 del Real Decreto 1382/1985. Por ello se desestima el recurso de suplicación. Se confirma la sentencia recurrida.

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 1 , 4 , 55 , 56
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 201 , 202 , 233
Dimisión
Trabajador
Despido disciplinario
Calificación
Despido improcedente
Case of Tribunal Superior de Justicia - Palmas de Gran Canaria (Las), Canarias - Sala de lo Social nº 1380, of March 29, 2006
If you are already a vLex customer, Access Here