Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 48/2005, Reporting Judge CLARA PENIN ALEGRE
Case Law No.598
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Id. vLex: VLEX-20904993
PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL. HORAS DE SERVICIO. El actor reclama que no se le descuenten horas de exceso a efectos de compensación económica cuando son horas generadas por aplicación de los índices correctores a las horas nocturnas y festivas, cuando no se llega a las horas que el solicitante tiene obligación de hacer mensualmente. El certificado del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil explica que por sí mismas no son retribuidas estas horas (nocturnas y festivas), aplicándoseles unos índices correctores para transformarlas en ordinarias y así contribuir a los potenciales excesos, de conformidad con la Circular 1/98, de 6 de marzo, lo que en principio supone estricta observación de la normativa invocada. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 139
Guardia Civil
Case of Tribunal Superior de Justicia - Santander, Cantabria - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 598, of April 28, 2006
T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00215/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Ilma. Sra. Presidente Doña María Teresa Marijuán Arias Iltmos. Sres. Magistrados Doña Clara Penín Alegre Doña María Josefa Artaza Bilbao ^ 72; 472; En la ciudad de Santander, a veintiocho de abril de dos mil seis.La Sala de lo Contencioso-Administrativo del...
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