Case of Tribunal Superior de Justicia - Palmas de Gran Canaria (Las), Canarias - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of March 08, 2005

Tribunales Superiores de Justicia

Appeal nº 265/2002, Reporting Judge JESUS JOSE SUAREZ TEJERA

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Summary:

"ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. COMPETENCIA DE LOS PROFESIONALES FIRMANTES. El Real Decreto Legislativo 1302/86, de Evaluación de Impacto Ambiental y del Real Decreto 1131/88, no establece ningún tipo de titulación específica para la realización de los Estudio de Impacto Ambiental y por tanto pueden ser realizados entre otros titulados, por Ingenieros Técnicos de Minas, como así ocurre en el resto de las Comunidades Autónomas. No le consta a este Servicio el que por el Ministerio de Medio Ambiente, se hayan aceptado Estudios firmados por Ingenieros Técnicos de Minas, pero la legislación vigente no los excluye. Se rechaza la causa de inadmisibilidad denunciada por la Administración demandada. Se estima el recurso contencioso- administratirvo interpuesto por el Colegio de Profesionales, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, el que se anula, por considerarlo no ajustado a Derecho. Se declara que los ingenieros técnicos de minas firmantes en su origen del estudio de impacto ambiental a que se refiere el presente recurso son competentes para realizarlo y firmarlo sin necesidad de que el mismo tuviera que ir firmado también por el Ingeniero Industrial que también lo firma. Sin costas."

Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 53 , 62 , 107

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 381

Constitución Española de 1978. - Artículos 139 , 149

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículos 25 , 37 , 82

REAL DECRETO 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de explosivos. de 16 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de explosivos.

Real Decreto 2994/1982, de 15 de Octubre, sobre Restauracion de Espacio natural afectado por actividades mineras. de 15 de Octubre, sobre Restauracion de Espacio natural afectado por actividades mineras.

Ley Organica 11/1982, de 10 de agosto, de Transferencias complementarias a Canarias. de 10 de agosto, de Transferencias complementarias a Canarias.

Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma universitaria. de 25 de agosto, de Reforma universitaria.

Real Decreto 1116/1984, de 9 de Mayo, sobre Restauracion del Espacio natural afectado por las Explotaciones de Carbon a Cielo abierto y el aprovechamiento racional de Estos recursos energeticos. de 9 de Mayo, sobre Restauracion del Espacio natural afectado por las Explotaciones de Carbon a Cielo abierto y el aprovechamiento racional de Estos recursos energeticos.

Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre Regulación de las atribuciones profesionales de los arquitectos e Ingenieros técnicos. de 1 de abril, sobre Regulación de las atribuciones profesionales de los arquitectos e Ingenieros técnicos.

Real Decreto 1496/1987, de 6 de Noviembre, sobre Obtencion, expedicion y Homologacion de Titulos universitarios. de 6 de Noviembre, sobre Obtencion, expedicion y Homologacion de Titulos universitarios.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el Sistema general de reconocimiento de los Titulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad económica europea que exigen una formación mínima de tres años de Duracion. de 25 de octubre, por el que se regula el Sistema general de reconocimiento de los Titulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad económica europea que exigen una formación mínima de tres años de Duracion.

Headnotes:

Recurso de reposición
     Principios generales
Jurisdicción contencioso-administrativa
     Procedimiento Contencioso-Administrativo
          Recursos contra providencias autos y sentencias
Procedimiento administrativo
     Principios generales
          Normativa
Competencia judicial
     Jurisdicción Contencioso-Administrativo
Recurso de revisión
     Principios generales
Competencias del estado y de las comunidades autónomas
     Distribución de competencias
Competencias del estado y de las comunidades autónomas
     Principios de distribución de competencias
Procedimiento administrativo
     Fases del procedimiento
Prueba
     Prueba testifical
          Interrogatorio sobre documentos escritos
Comunidades autónomas
     Regulación
Recurso de alzada
     Principios generales
Procedimiento administrativo
     Principios generales
          Legislación básica
Competencias del estado y de las comunidades autónomas
     Competencias de las Comunidades Autónomas
Jurisdicción contencioso administrativa
Colegio Profesional
Reglamentos
     Control
          Recursos
               Recurso directo
Colegios profesionales
Jurisdicción contencioso-administrativa
     Objeto del recurso Contencioso-Administrativo
Acto administrativo

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Palmas de Gran Canaria (Las), Canarias - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of March 08, 2005

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.

DON JESÚS JOSÉ SUÁREZ TEJERA Presidente DON JAIME BORRÁS MOYA DON FRANCISCO JOSE GÓMEZ CÁCERES Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de marzo del año dos mil cinco.

Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sección 1ª), con sede en esta Capital, el presente recurso núm 265/2002, en el que interviene como demandante el COLEGIO OFICIAL DE LA INGENIERÍA TÉCNICA MINERA Y DE FACULTATIVOS Y PERITOS DE MINAS DE HUELVA , representado por la Procuradora Doña Alicia Marrero Pulido. asistida del Letrado Don Arturo Monsalve Diaz y como Administración demandada, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias; versando competencia profesional; siendo indeterminada la cuantía del recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. - En la resolución de fecha 15 de febrero del 2001, de la Viceconsejera de Medio Ambiente de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias se requiere al Promotor para que subsane la falta de Contenido Mínimo del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto denominado "Explotación de Arenera Amada", en Las Melianas, promovido por Jose Ángel y otros, en el término municipal de Teguise, Lanzarote. (Expte 61/2000) se dispone: Recibido en esta Viceconsejería, con fecha 19 de diciembre de 2000, el Estudio de Impacto Ambiental (Es.I.A.), el Proyecto y el resultado de la información pública del asunto epigrafiado para proceder a su evaluación y posterior propuesta de Declaración de Impacto Ecológico, se le comunica que, una vez analizados los mismos han de hacerse las siguientes observaciones: A) Realizado el análisis del Estudio de Impacto Ambiental, del Proyecto Técnico y del Plan de Restauración del Espacio Natural se ha comprobado que, de acuerdo con la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecoló gico, dicho Estudio carece del contenido mínimo exigido en dicha Ley en su artículo 13, para los proyectos, planes y obras sometidos a la categoría de Evaluación de Impacto Ambiental, concretamente con relación a: Artículo 13.1. El estudio de Impacto Ambiental deberá ser realizado por técnico superior competente, sin embargo, dicho estudio está firmado por dos Ingenieros Técnicos de Minas.

SEGUNDO.- Por la Procuradora Doña Alicia Marrero Pulido, actuando en nombre y representación del COLEGIO OFICIAL DE LA INGENIERÍA TÉCNICA MINERA Y DE FACULTATIVOS Y PERITOS DE MINAS DE HUELVA, se presentó escrito que dice:

Que al amparo de lo dispuesto en el artículo 114 en relación con el 107.1 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comú n (LRJAPC) interpongo RECURSO DE ALZADA contra la resolución nº 98 obrante a los folios 381 a 385 dictada por el Viceconsejero de Medio Ambiente de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias en fecha 15 de febrero de 2001 (se adjunta copia de dicha resolución como documento nº 2), previa personación en nombre y representación de mi representado como parte interesada con interés legítimo en el expediente administrativo que ha desembocado en dicha resolución conforme al artículo 31.1 c) de la LRJAPC , basándome en las siguientes ALEGACIONES... SOLICITO A V.E. que, teniendo por presentado este escrito y los documentos acompañados, se sirva admitirlos, teniendo a la Procuradora que suscribe por personada y parte en nombre y representación de quien comparece y a su representado -el Colegio Oficial de la Ingeniería Técnica Minera y de Facultativos y Peritos de Minas de Huelva-por personado y parte interesada en el expediente administrativo que ha desembocado en la resolución nº 98 obrante a los folios 381 a 385 dictada por el Viceconsejero de Medio Ambiente de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias en fecha 15 de febrero de 2001 (dictada en relación al Proyecto de Explotación de Arenera Amada", en las Melanias, promovido por don Jose Ángel y otros, en el término municipal de Teguise, Lanzarote, expediente 61/2000); teniendo igualmente por interpuesto por mi representado RECURSO DE ALZADA contra la resolución más arriba referenciada a fin de que en mérito a los razonamientos jurídicos expuestos se estime el presente recurso de alza...

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