Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 166/2005, Reporting Judge MARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
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Id. vLex: VLEX-20924290
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RECLAMACIÓN DE DERECHOS. SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE TRABAJO INDEFINIDO. La subordinación a las órdenes del empresario principal en el aspecto técnico puede ocurrir que el empresario principal dirija el trabajo, o puede que se trate de trabajos con ciertas peculiaridades, de forma que a veces se trata de una mera supervisión de la actividad, elemento éste que no es suficiente por sí solo para considerar que existe cesión ilegal de trabajadores. Por lo que procede confirmar la sentencia de instancia al darse las notas de laboralidad para considerar la existencia de una relación de trabajo consentida por la propia demandada, a la que es cedida la demandante, quien trabaja en régimen de horario y vacaciones impuestos por dicha demandada, así como también estar sometida a las decisiones organizativas y de dirección de la misma. En primera instancia se estimó la demanda. En segunda instancia se desestimó la apelación.

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 43
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 191
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2000, de 9 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. de 9 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
REAL DECRETO 2546/1994, de 29 de Diciembre, por el que se desarrolla el articulo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de Contratación. de 29 de Diciembre, por el que se desarrolla el articulo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de Contratación.
Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, por el que se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos. de 21 de Noviembre, por el que se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos.
Ley 5/1987, de 7 de abril, sobre la Ordenación urbanística del suelo rústico de la Comunidad autónoma de Canarias. de 7 de abril, sobre la Ordenación urbanística del suelo rústico de la Comunidad autónoma de Canarias. - Artículo 11
REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Artículo 196
Ley Orgánica 10/1982, de 10 de Agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. de 10 de Agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. - Artículo 30
Empresario
Contrato de trabajo
Empresa y empresario
Empresario
Responsabilidad
En materia de Seguridad Social
Empresa y empresario
Trabajador
Case of Tribunal Superior de Justicia - Santa Cruz de Tenerife, Canarias - Sala de lo Social, of June 28, 2005
En Santa Cruz de Tenerife , a 28 de junio de 2005 .La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Antonio Doreste Armas (Presidente), D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen y D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua (Ponente), ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000166/2005 , interpuesto por Consejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio del Gobierno de Canarias , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000050/2004 en reclamación de DERECHOS , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua .ANTECEDENTES DE HECHOS PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Ángeles , en reclamación de DERECHOS siendo demandado Consejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio del Gobierno de Canarias y Gestion y Planeamiento Territorial y Medioambiental S.A. (GESPLAN) y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 9 de diciembre de 2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .SEGUNDO.- Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:PRIMERO.- La demandante D.ª Ángeles , comenzó a prestar sus servicios laborales por cuenta y orden de la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN TERRITORIAL DEL GOBIERNO DE CANARIAS, con una antigüedad de 01-10-92 y ostentando la categoría profesional de Arquitecto T...
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