Banca de Empresa - Nbr. 18, April 1999
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Las sociedades mercantiles constituidas y las de próxima constitución podrán denominar su capital tanto en euros como en pesetas, pero si se opta por esta última posibilidad podrían perder beneficios económicos y legales. Explican Teresa Martín Castro y Pablo Fernández Guerra del Departamento jurídico de PriceWaterhouseCoopers.
Adoptar el euro en el periodo transitorio tiene ventajas legales y económicas: El período transitorio y las sociedades mercantiles: redenominación de valores.
Desde el pasado día 1 de enero la moneda del sistema monetario español es el euro, que sucede sin solución de continuidad de modo íntegro a la peseta como unidad monetaria Para la introducción del euro, el Derecho Comunitario ha previsto un período transitorio que comprende desde el 1 de enero de 1999 al 31 de diciembre del 2002, durante el cual la peseta constituye una subdivisi...
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