Tribunal Economico-Administrativo Central
Case Law No.00/795/2003
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Id. vLex: VLEX-218321
Procede la providencia de apremio impugnada, al no concurrir en ella ninguno de los motivos enumerados en el artículo 99.1 del Reglamento General de Recaudación, ya que, una vez transcurrido el plazo concedido para efectuar su ingreso y al figurar no abonada la deuda ni suspendida al ser recurrida en reposición, procedía la iniciación de la recaudación ejecutiva con la expedición de la correspondiente providencia de apremio.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 94 , 138
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículo 99
CORRECCIÓN de erratas de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. de 2 de agosto, de Aguas. - Artículo 117
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. - Artículo 21
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículo 138
Reglamentos
Procedimiento
Órganos competentes
Procedimiento administrativo
Fases del procedimiento
Ejecución
Ejecutividad
Aguas
Infracciones y sanciones
Reglamentos
Procedimiento
Resolución
Efectos de la resolución
Resolution 00/795/2003 of the Central Economic-Administrative Court ofFebruary 26, 2004
RESOLUCIÓN: En la Villa de Madrid, a 26 de febrero de 2004 en la reclamación económico-administrativa que, en única instancia, pende de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, interpuesto por ..., S. A., y en su nombre y representación por D. ..., con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra la Providencia de Apremio de 29 de ener...
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