BOE. Boletín Oficial del Estado, August 23, 2006 (Nbr. 201)
III - Otras Disposiciones - Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 38 , 58 , 59 , 84
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 46
REAL DECRETO 2225/1993, de 17 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesion de subvenciones publicas. de 17 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesion de subvenciones publicas.
LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Artículos 13 , 14 , 19 , 30 , 36 , 37
Resolución de 28 de julio de 2006, del Instituto Social de la Marina, por la que se convocan ayudas de estudios para trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y sus beneficiarios, correspondientes al curso académico 2006/2007.
De acuerdo con el artículo 3 de la Orden TAS/3854/2005, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladores para la concesión por el Instituto Social de la Marina de ayudas de estudios para trabajadores y beneficiarios del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y becas de colaboración, esta Dirección General, en cumplimiento de las competencias y funciones que le atribuye el Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, resuelve:Primero. Convocatoria.-La Dirección General del Instituto Social de la Marina, con cargo al concepto presupuestario 60.904.3435.4879.4, por un importe de 80.000 euros consignado en su presupuesto, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas de estudios para afiliados en alta o situación asimilada al alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y sus beneficiarios para el curso académico 2006/2007, que se regirá por lo establecido en la Orden TAS/3854/2005, de 5 de diciembre y en la presente convocatoria.Segundo. Fin de las ayudas.-Las ayudas de estudios que se regulan en la presente convocatoria están destinadas a la atención de las necesidades de formación y promoción de los trabajadores del mar y sus beneficiarios y se establecen para atender todas aquellas circunstancias que dificulten su formación y promoción, en las situaciones previstas en el resuelve quinto, consistentes en los componentes y cuantías que se determinan en el resuelve cuarto de la presente convocatoria y que se especifican en el anexo I para cada una de las situaciones.Tercero. Ámbito de aplicación.-La concesión de las ayudas al estudio contempladas en esta convocatoria no será de aplicación en las Comunidades Autónomas en las que se ha producido el traspaso de la gestión del Instituto Social de la Marina en materia educativa, empleo y formación profesional ocupacional de los trabajadores del mar: Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Cataluña, Galicia y Valencia.Asimismo no se concederán en aquellas otras Comunidades Autónomas, que durante la vigencia y antes de que la presente convocatoria se resuelva, se haya producido el traspaso de la gestión del Instituto Social de la Marina en las mismas materias referenciadas en el párrafo anterior.Cuarto. Componentes de las ayudas al estudio y cuantías.1. Componentes de las ayudas al estudio: Las ayudas al estudio podrán comprender los siguientes componentes:a) Ayudas para gastos determinados por razón del material didáctico necesario para los ...
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