Boletin Europeo de Derecho Alimentario - Nbr. 41, October 2004
Marta Pardo Leal
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Id. vLex: VLEX-229297

Directiva 92/59/CEE del Consejo, de 29 de junio de 1992, relativa a la seguridad general de los productos de 29 de junio de 1992, relativa a la seguridad general de los productos
Jurisprudencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) relativa a los sistemas comunitarios de alerta rápida
- Sentencia “Malagutti-Vezinhet” de 10 de marzo de 2004, asunto T-177/021
Antecedentes En agosto de 2001, la empresa exportadora de frutas y hortalizas Malagutti-Vezinhet SA2, con domicilio social en Cavaillon (Francia), vendió a la sociedad holandesa van den Bosch una partida de manzanas de origen francés que habían sido tratadas con el plaguicida dicofol. Por su parte, el 6 de septiembre de 2001, la Comisión fue informada por el punto de contacto de Islandia en el marco del Sistema comunitario de alerta rápida para los productos alimenticios3 (SCAR) de que, el 4 de septiembre, la autoridad competente islandesa había decidido retirar y desechar un lote de manzanas de origen francés que comercializado a través de los Países Bajos, a raíz de que, el 3 de septiembre, se había descubierto una cantidad de 0,8 mg/kg de residuos de dicofol en dichas manzanas4. Como subrayó el TPI, en el fundamento jurídico n° 10 de la sentencia “Malagutti-Vezinhet”, «... el contenido máximo de dicofol para las manzanas estaba establecido en 0,02 mg/kg por la normativa comunitaria relativa a los contenidos máximos de residuos de plaguicidas en las frutas y hortalizas en vigor en el momento en que ocurrieron los hechos del litigio, de manera que las manzanas anali...
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