Tomo V, Vol 1º: Articulos 333 a 391 del Codigo Civil (2ª edicion) (1990)
Mariano Alonso Pérez - Catedrático de Derecho Civil
Section: Sección II. Del derecho de accesión respecto a los bienes inmuebles
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Id. vLex: VLEX-229848
I. Mala fe del incorporante y del dueño del terreno. Compensación de dolos in bonam fidem a los efectos de la accesión.-III. Significado de la mala fe en el incorporante y en el dominus soli.
ARTICULO 364 *
Cuando haya habido mala fe no sólo por parte del que edifica, siembra o planta en terreno ajeno, sino también por parte del dueño de éste, los derechos de uno y otro serán...COMMENT
Código Civil.
Artículo 364
I. MALA FE DEL INCORPORANTE Y DEL DUEÑO DEL TERRENO. COMPENSACIÓN DE DOLOS «IN BONAN FIDEM» A LOS EFECTOS DE LA ACCESIÓN
Si el autor de la accesión y el dueño del terreno han procedido de mala fe, el artículo 364 prevé una compensación de culpas ...
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