Tomo V, Vol 3º: Articulos 407 a 427 del Codigo Civil y Ley de Aguas (2ª edicion) (1991)
Emilio Pérez Pérez - Doctor en Derecho y Profesor Asociado de Derecho Civil
Section: Sección III. Del aprovechamiento de las aguas de dominio privado
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/230130
Id. vLex: VLEX-230130
I. Las acepciones del término aprovechamiento referidas al agua.-II. El aprovechamiento privado temporal de los titulares de derechos preexistentes inscritos en el Registro de Aguas: 1. Naturaleza. 2. Contenido. 3. Compatibilidad, con este aprovechamiento, de otros aprovechamientos sobre aguas calificadas como sobrantes según la legislación anterior.-III. Análisis de la vigencia o derogación de los artículos 409 a 416 del Código civil.
ARTICULO 412
El dueño de un predio en que nace un manantial o arroyo, continuo o discontinuo, puede aprovechar sus aguas mientras discurran por él, pero las sobrantes entran en la condic...COMMENT
Código Civil.
Artículos 412 a 416
I. LAS ACEPCIONES DEL TÉRMINO APROVECHAMIENTO REFERIDAS AL AGUA
Si al comentar los artículos del Código civil contenidos en la sección «Del dominio de las aguas» he planteado un análisis previo del dominio privado de las mismas, dejando para el comentario del artículo 1.° de la Ley de Aguas el estudio del dominio público hidráulico, al analizar ahora los artículos del Código civil comprendidos en las dos secciones tituladas «Del aprovechamiento de las aguas públicas» y «Del aprovechamiento de las aguas de dominio privado», parece procedente considerar lo que es común a ambas, o sea, el concepto general de aprovechamiento de las aguas y el particular de aprovechamiento de las aguas privadas que es mantenido por la nueva Ley de Aguas al conceder a los titulares de situaciones de propiedad sobre las mismas -existentes al entrar en vigor dicha Ley- la posibilidad de inscribirlas en el Registro de Aguas, quedando para el comentario de los artículos de la Ley que regulan la concesión administrativa de las aguas públicas el estudio del aprovechamiento de estas aguas de dominio público. El término «aprovechamiento» ha sido habitualmente tan empleado al referirse a la utilización del agua que una de las escasas acepciones de dicho vocablo recogidas expresamente en el Diccionario de la Lengua Española es precisamente la de aprovechamiento de aguas, definido como «derecho por ley, concesión o prescripción, de utilizar, para usos comune...
If you are already a vLex customer, Access Here