Tomo V, Vol 3º: Articulos 407 a 427 del Codigo Civil y Ley de Aguas (2ª edicion) (1991)
Emilio Pérez Pérez - Doctor en Derecho y Profesor Asociado de Derecho Civil
Section: Sección III
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Id. vLex: VLEX-230153
ARTICULO 35
Los bienes del Estado y los de las Comunidades Autónomas adscritos o que puedan adscribirse a los Organismos de cuenca para el cumplimiento de sus fines, conservarán su calif...COMMENT
Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
Artículo 35 a 37
I. PATRIMONIO PROPIO Y EN ADMINISTRACIÓN
Los bienes del Estado y los de las Comunidades Autónomas adscritos o que puedan adscribirse a los Organismos de cuenca para el cumplimiento de sus fines, conservarán su calificación jurídica originaria, correspondiendo tan sólo al Organismo su utilización, administración y explotación, con sujeción a las disposiciones legales vigentes en la materia (arts. 35 de la Ley de Aguas y 57 del R. A. P. A. P. H.). Con independencia de tales bienes y para el mejor cumplimiento de sus fines, los Organismos de cuenca podrán poseer un patrimonio propio integrado po...
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