Tomo VII, Vol 6º: Artículos 104 a 130 de la Ley Hipotecaria (2000)
Francisco Javier Gómez Galligo
Section: Sección primera. De la hipoteca en general
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Id. vLex: VLEX-230325
I. Aplicación al censo del principio de especialidad.-II. Plazo de prescripción de la pensión.-III. Eficacia respecto de tercer poseedor.
Artículo 116
El acreedor por pensiones atrasadas de censo no podrá repetir contra la finca acensuada, con perjuicio de otro acreedor hipotecario o censualista posterior, sino en los térm...COMMENT
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria.
Artículo 116
I. APLICACIÓN AL CENSO DEL PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD
Si los artículos 114 y ll5 de la Ley Hipotecaria aplican un sistema de limitación de responsabilidad hipotecaria frente a terceros (terceros poseedores, adquirentes de derechos reales inscritos con posterioridad a la hipoteca, anotantes posteriores a la misma), derivados del principio de especialidad registral, con la finalidad de garantizar el tráfico jurídico, la circulación de los bienes inmuebl...
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