Tomo IV. Articulos 181 a 332 del Codigo Civil (2ª edicion) (1985)
Tomás Ogayar Ayllón, José Manuel Lete del Río
Section: Título IX. De la incapacitación
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Id. vLex: VLEX-230643
I. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.-II. Limitaciones de la capacidad de obrar.-III. La llamada capacidad especial.-IV. Prohibiciones legales.-V. Incapacidad.
De la incapacitación
DE LA INCAPACITACION (*)
I. CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR No es posible tratar por separado capacidad e incapacidad, pues el fenómeno de la incapacidad se contrapone a la capacidad. La capacidad jurídica es la aptitud que el Derecho reconoce a toda persona para ser sujeto de relaciones jurídicas; es decir, titular de derechos y obligaciones. Pero la capacidad jurídica no es una concesión caprichosa de la ley a una persona determinada y que, arbitrariamente, pueda negar a otra u otras, sino que es un derecho que corresponde y se le reconoce a todo hombre desde el nacimiento, de ahí que el artículo 29 del Código civil diga que «el nacimiento determina la personalidad»; es, por tanto, una igual posibilidad general de ser titular de relaciones jurídicas. También se habla de una titularidad actual o potencial de relaciones jurídicas: la persona física, desde el mismo momento del nacimiento, adquiere derechos y puede encontrarse sujeta...
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