Artículo 300

Tomo IV. Articulos 181 a 332 del Codigo Civil (2ª edicion) (1985)

Tomás Ogayar Ayllón, José Manuel Lete del Río
Section: Capítulo IV. Del defensor judicial
Permanent Link: http://vlex.com/vid/articulo-300-230760
Id. vLex: VLEX-230760

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Summary:

I. Nombramiento del defensor judicial.-II. Límites al arbitrio judicial en la elección de la persona.-III. Forma, solicitud y cese del nombramiento.

Original:

ARTICULO 300

El Juez, en procedimiento de jurisdiccción voluntaria, de oficio o a petición del Ministerio fiscal, tutor, curador o de cualquier otra persona capaz de comparecer en juicio...

Core Citations:

COMMENT
Código Civil.

Extract:

Artículo 300

I. NOMBRAMIENTO DEL DEFENSOR JUDICIAL

Para el nombramiento de defensor judicial no hay remisión a las normas de la tutela (1) sino que este precepto establece una norma específica para esta cuestión, en cuya virtud la delación y el nombramiento de la figura del defensor judicial es ...

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