Tomo XVII, Vol 1º B: Articulos 1261 a 1280 del Codigo Civil (1993)
Antonio Manuel Morales Moreno - Catedrático de Derecho Civil
Section: Sección I. Del consentimiento
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Id. vLex: VLEX-231157
I. Alcance de este articulo.-II. Sus precedentes.-III. Noción de vicio de la voluntad.-IV. Críticas que pueden dirigirse a la categoría «vicio de la voluntad» en los contratos.-V. Vicios de la voluntad y ausencia de voluntad.-VI. La revocabilidad de los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles.
ARTICULO 1.265 (*)
Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo(a).COMMENT
Código Civil.
Artículo 1265
I. ALCANCE DEL ARTÍCULO
Este artículo enumera los llamados vicios de la voluntad, vicios que, posteriormente, se regulan, uno a uno, en los artículos sucesivos (arts. 1.266 a 1.270). Su contenido, sin embargo, no es puramente enunciativo o clasificatorio; establece, además, el efecto: la nulidad del consentimiento. El alcance de esta manifestación de la nulidad se concreta en los preceptos en que el Código regula la nulidad de los contratos (arts. 1.300 y ss.). Ahí se hace una especial mención de los distintos vicios del consentimiento (cfr. arts. 1.301 y 1.302). II. SUS PRECEDENTES El texto del Código hay que conectarlo con el mandato de la Ley de Bases de 11 mayo 1888. La Base 20, en la parte que ahora importa, dispone: «Igualmente se cuidará de fijar bien las condiciones del consentimiento, así en cuanto a la capacidad como en cuanto a la libertad de los que lo presten, estableciendo los principios consagrados por las legislaciones modernas sobre la naturaleza y el objeto de las convenciones, su causa, forma e interpretación, y sobre los motivos que las anulan y rescinden.» De ella se desprende: a) Que hay un mandato dirigido al Gobierno y a la Comisión de Codificación de fijar en el Código las condiciones del consentimiento, en el aspecto referente a la libertad de los que lo presten, b) Que no ofrece un contenido concreto para el desenvolvimiento de dicho mandato, pero se ordena recoger los principios consagrados por las legislaciones modernas sobre los motivos que anulan y rescinden las convenciones. El texto de la Ley de Bases al que acabamos de referirnos nos sugiere algunas observaciones: a) Conecta el problema de la capacidad con el de la libertad de las parte contratantes; a ambos los considera problemas de consentimiento c...
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