Tribunales Superiores de Justicia
Case Law No.2003/0002
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Id. vLex: VLEX-232263
SUSPENSIÓN DE INSCRIPCIÓN. REGISTRADOR DE PROPIEDAD. CESIÓN A FAVOR DE AYUNTAMIENTO. Cuando la cesión es efectuada a favor del Ayuntamiento, procede resaltar que puede efectuarse mediante escritura pública otorgada por los propietarios, que deben someterla a aceptación del correspondiente Ayuntamiento. En Sede Administrativa el Registrador dicta nota de calificación.

Constitución Española de 1978. - Artículo 148
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 325
LEY 2/2002, de 14 de marzo, de Urbanismo. de 14 de marzo, de Urbanismo. - Artículos 11 , 14 , 183 , 184 , 185
REAL DECRETO 1093/1997, de 4 de Julio, por el que se aprueban las Normas complementarias al reglamento para la Ejecución de la Ley hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de Naturaleza urbanística. de 4 de Julio, por el que se aprueban las Normas complementarias al reglamento para la Ejecución de la Ley hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de Naturaleza urbanística.
Auto of Tribunal Superior de Justicia - Cataluña - Sala de lo Civil y Penal nº 2003/0002, of March 10, 2003
En Barcelona a diez de Marzo de dos mil tres.
Vistos por mí Guillermo Vidal Andreu, el expediente de recurso gubernativo n° 9 de 2002, interpuesto Por D. Ricardo Cabanas Trejo, Notario de Torredembarra, contra la nota de calificación del Sr. Registrador de la Propiedad n° 3 de Tarragona, en el cual se acreditan los siguientes. HECHOS Primero.- Por D. Ricardo Cabanas Trejo, Notario de Torredembarra, en fecha 22 ...
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