Tomo IV, Vol 4º: Artículos 1 a 164 del Reglamento de la Ley del Registro Civil (1997)
Antonio Pau Padrón...[et al.]
Section: Capítulo I. Reglas comunes y complementarias
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Id. vLex: VLEX-233553
Artículo 1
Los órganos del Registro Civil se comunicarán directamente entre sí de oficio. Por el mismo procedimiento se realizará la comunicación entre los Registros Consular...COMMENT
Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil.
Artículo 1
Las comunicaciones que han de dirigir los Encargados de los Registros Civiles pueden referirse a otros Encargados o a órganos oficiales distintos del Registro. A las primeras se refiere el artícul...
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