Tomo IV, Vol 4º: Artículos 1 a 164 del Reglamento de la Ley del Registro Civil (1997)
Antonio Pau Padrón...[et al.]
Section: Sección primera
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Id. vLex: VLEX-233601
Artículo 45 (a)
La Dirección General podrá autorizar, cuando el servicio lo requiera, la apertura de varios tomos del Libro Diario, así como los tomos que en cada una de las Secciones de...COMMENT
Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil.
Artículo 45
La redacción originaria preveía con «carácter...
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