Tribunal Economico-Administrativo Central
Case Law No.00/8587/1996
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Id. vLex: VLEX-237585
La constitución de una renta vitalicia por una compañía de Seguros, a cambio de la prima pagada por una empresa que ha despedido improcedentemente a determinados trabajadores, implica la obtención por cada empleado de unos rendimientos del capital mobiliario, sometidos a retención, ya que lo percibido es una indemnización por despido improcedente y que la compra de las rentas es una aplicación o uso de una parte de la indemnización, consistente en definitiva en la imposición de un capital, que ha de tributar como renta vitalicia.
Resolution 00/8587/1996 of the Central Economic-Administrative Court ofMarch 22, 2000
FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO: Se plantea la determinación del régimen, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de los pagos periódicos satisfechos por la empresa en virtud de contratos de seguro de renta vitalicia a favor de empleados despedidos y en concreto si proceden retenci...
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