Tribunal Economico-Administrativo Central
Case Law No.00/5800/1998
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Id. vLex: VLEX-237609
Deben incrementarse las bases declaradas en razón a la prestación gratuita de servicios consistentes en la cesión de neveras, mostradores, botelleros y diverso material comercial debiendo calificarse dichas operaciones como auto-consumo, ya que se realizan a título gratuito. Todo ello en aplicación de los artículos 7.3 de la Ley del IVA 85 y 12.3 de la Ley del IVA 92, si bien la amortización de los bienes cedidos debe referirse al período de la cesión y no al período anual.

Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Impuesto sobre el valor añadido
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Resolution 00/5800/1998 of the Central Economic-Administrative Court ofOctober 30, 2000
FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Siendo la cuestión planteada la calificación de la cesión de determinados elementos comerciales como autoconsumo, así como, en su caso, la determinación de la base imponible derivada de estas operaciones si se consideran suje...
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