Case of Tribunal Constitucional - Sala Primera nº 35/2004, of March 08, 2004

Tribunal Constitucional

Recurso de amparo 5806-2001, Reporting Judge Magistrada doña María Emilia Casas Baamonde
Case Law No.35/2004
Permanent Link: http://vlex.com/vid/23866209
Id. vLex: VLEX-23866209

Summary:

Recurso de amparo 5806-2001. Promovido por don Francisco

Javier García Páez frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial

de Cádiz que le condenó por un delito de injurias cometido

en unas declaraciones publicadas en el diario “Jerez Información”.

Vulneración del derecho a ser informado de

la acusación: Sentencia de apelación que condena por delito

de injurias graves, calificado de oficio tras revocar la condena por calumnia

pronunciada en instancia.

Extract:

Case of Tribunal Constitucional - Sala Primera nº 35/2004, of March 08, 2004

STC 35/2004, de 8 de marzo de 2004

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel y don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de amparo núm. 5806-2001, promovido por don Francisco Javier García Páez, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Beatriz de Mera González y defendido por él mismo, dada su condición de Abogado en ejercicio, contra la Sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz de 10 de octubre de 2001, parcialmente estimatoria del recurso de apelación presentado por el actor contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal núm.1 de Jerez de la Frontera de 28 de mayo de 2001 que le había condenado como autor responsable de un delito continuado de calumnias con publicidad. Ha comparecido don Francisco Cercas Lora, representado por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén y asistido por el Abogado don Jesús Salido Valle, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada doña María Emilia Casas Baamonde, quien expresa el parecer de la Sala.

I. Antecedentes

1. Por escrito registrado en este Tribunal el 10 de noviembre de 2001, la Procuradora de los Tribunales doña Beatriz de Mera González, en nombre y representación de don Francisco Javier García Páez, interpuso recurso de amparo contra la Sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz de 10 de octubre de 2001, por la que se revocaba parcialmente la Sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal núm.1 de Jerez de la Frontera, con fecha de 28 de mayo de 2001, en procedimiento seguido por delito continuado de calumnias con publicidad.

2. La demanda de amparo se basa sustancialmente en los siguientes hechos:

a) Con fecha de 28 de mayo de 2001, el Juzgado de lo Penal núm.1 de Jerez de la Frontera dictó Sentencia en la que condenaba al hoy demandante de amparo, como autor responsable de un delito continuado de calumnias con publicidad, a la pena de veinte meses de multa, a razón de 2.000 pesetas diarias de cuota, con arresto sustitutorio por tiempo de diez meses en caso de impago, así como a satisfacer una indemnización al querellante, titular del Juzgado de lo Social núm. 2 de esa misma localidad, por importe de tres millones de pesetas. Es de señalar que en el procedimiento seguido en instancia no fue formulada acusación por parte del Ministerio Fiscal, que pidió la libre absolución de los acusados, sino exclusivamente por el querellante.

b) Esta condena traía su origen de las declaraciones que el demandante de amparo había realizado al diario “Jerez Información” acerca de las supuestas irregularidades que atribuía al Juez querellante en el dictado de diversas resoluciones, varias de las cuales habrían sido revocadas por dicha causa por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En el relato de hechos probados se hacía constar en forma específica lo siguiente:

1) Que en el ejemplar del citado diario del día 17 de julio de 1998 aparecía en primera página un titular en el que se decía que “un Abogado estudia denunciar a un Juez por falsedad documental” y, a continuación, se recogía lo manifestado por el Sr. García Páez en estos términos: “no...

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