Appeal nº 84/2004, Reporting Judge JOSE DE MADARIA RUVIRA
Case Law No.24/2006
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Presunción de inocencia
Agravantes
Proceso penal
Ensañamiento
Animus necandi
Agravantes
Derechos fundamentales
Teoría de la pena
Responsabilidad civil
Penas
Ensañamiento
Apreciación de su existencia
Prueba de indicios
Responsabilidad civil
Integrante del asesinato
Case of Audiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª nº 24/2006, of May 10, 2006
JOSE DE MADARIA RUVIRAMARIA GRACIA SERRANO RUIZ DE ALARCONMARIA DE LAS MERCEDES MATARREDONA RICO
JUZGADO : Instrucción nº 2 de OrihuelaSUMARIO Nº: 1-2.004ROLLO Nº: 84-2.004AÑO: 2.006DELITOS: Asesinato, robo con violencia y falsedad en documento oficial S E N T E N C I A N º 24/2006Iltmos. Sres.D. JOSE DE MADARIA RUVIRADª GRACIA SERRANO RUIZ DE ALARCON Dª MERCEDES MATARREDONA RICO En la Ciudad de Elche, a diez de Mayo de dos mil seis.VISTA en juicio oral y público, por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº Dos de Orihuela, seguida por delitos de asesinato, de robo con violencia y delito de falsificación en documento oficial, contra el procesado Marcelino, hijo de Mohamed y de Fátima, nacido el 1-2-1.967, natural de Tunez, con domicilio en Torrevieja (Alicante) c/ DIRECCION000 nº NUM000, de estado soltero, de profesión autónomo de la construcción, sin antecedentes penales, con instrucción, insolvente, en prisión provisional por esta causa, habiendo estado privado preventivamente de libertad desde el día 23-10-2.003, en Noruega, hasta el día de la presente resolución, en cuya situación permanece, representado por la Procuradora Dª. Ana Palazón Balboa, y defendido por el Letrado D. Jose Luis Alonso Lacal, en cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por la Fiscal Iltma. Sa. Dª. Helena Gascó Enriquez, así como Dª Leticia, D. Jesús Manuel y Dª María Luisa, representados por el Procurador D. Emigdio Tormo Ródenas, y defendidos por el Letrado D. Javier Caballero Dotres, actuando como Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE DE MADARIA RUVIRA.I - ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La causa se inició por Diligencia del Juzgado de Instrucción nº 2 de Orihuela, de fecha 17 de Septiembre de 2.003.SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como...
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