Appeal nº 317/2004, Reporting Judge ARABELA CARMEN GARCIA ESPINA
Case Law No.606/2005
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/23890535
Id. vLex: VLEX-23890535
Propiedad horizontal
Case of Audiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª nº 606/2005, of December 30, 2005
JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑAARABELA CARMEN GARCIA ESPINAMAURICIO MUÑOZ FERNANDEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2BURGOSSENTENCIA: 00606/2005SENTENCIA Nº 606SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS Burgos, a treinta de Diciembre de dos mil cinco. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Burgos, constituida por los Ilmos. Sres. D. Juan Miguel Carreras Maraña, Presidente; Dª Arabela García Espina y D. Mauricio Muñoz Fernández, Magistrados, siendo Ponente Dª Arabela García Espina, pronuncia la siguiente:SENTENCIA En el Rollo de Apelación número 317 de 2.004 dimanante de Juicio Ordinario nº 113/02 , sobre Propiedad Horizontal, del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Aranda de Duero(Burgos ) , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 31 de Marzo de 2.004 , siendo parte, como demandado-apelante 1º DON Gonzalo, representado, ante este Tribunal, por la Procuradora Dª Elena Cobo de Guzmán Pisón, y defendido por la Letrada D.ª Mª Teresa Asenjo Gómez; como demandados-apelantes 2º DON Carlos María, DON Clemente y DOÑA Ana, representados, ante este Tribunal, por la Procuradora Dª Natalia Marta Pérez Pereda y defendidos por el Letrado D. Roberto Martín del Cura; como demandados-apelantes 3º DON Jose Carlos y DOÑA Marí Trini , representados, ante este Tribunal, por el Procurador D. Fernando Santamaría Alcalde , y defendidos por el Letrado D. Julián Mateos Cuesta; como demandados- apelantes 4º DON Blas y DOÑA Montserrat, representados, ante este Tribunal, por el Procurador D. Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado D. Ricardo García; como demandados-apelantes 5º DON Silvio, DON Andrés, DOÑA Lorenza, DON Millán, DON Pedro Jesús, DON Ismael, DOÑA Eva y DOÑA Asunción, representados, ante este Tribunal, por la Procuradora Dª Claudia Villanueva Martinez y defendidos por el Letrado D. José Ramón Cancela Izquierdo; y como demandantes-apelados DOÑA María Milagros, DON Juan Francisco, DON Imanol, DON Luis Pedro, DON Gabino Y DOÑA Teresa, representados, ante este Tribunal, por el Procurador D. José Roberto Santamaría Villorejo y defendidos por el Letrado D. Oscar Bartolomé Fernández.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "QUE ESTIMANDO INTEGRAMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA por el procurador de los tribunales Marcos Arnaiz, en nombre y representación de María Milagros, Amparo, Juan Francisco, Imanol, Luis Pedro, Gabino, Teresa, contra Gonzalo, Blas y Montserrat, Silvio, Andrés y Lorenza, Millán, Pedro Jesús, Ismael y Eva, Carlos María, Clemente y Ana, Asunción, y Jose Carlos y Marí Trini: 1º.- Debo declarar y declaro ilícito el uso como vivienda de los locales comerciales o de oficina nºs. 13, 14, 15,16,17,25,22,23 y 20 situados en la planta primero del edificio sito en al Plaza de la Laguna Negra de la localidad de Aranda de Duero, declarando como únicodestino permitido para los mismos el comercial o de oficina, así como el industrial o de negocio y de oficinas en el caso del local nº 13.-2º.- Debo condenar y condeno a la reposición de los elementos comunes afectados por la ilícita transformación de local a vivienda, a su estado anterior a la modificación, y en consecuencia: - Las ocho chimeneas existentes en la cubierta del edificio y las tuberías correspondientes al suministro de gas natural para los locales de la planta alta, deberán ser retiradas por todos los codemandados, y a su costa; la antena de telecomunicación existente también en la cubierta, por la propietaria del local 23, Asunción.- En el local nº 22. Blas y Montserrat, deberán proceder, a su costa, a la ret...
If you are already a vLex customer, Access Here