Tribunal de Defensa de la Competencia (December 1992)
Tribunal de Defensa de la Competencia
Opinion written by:y se pone de manifiesto a los interesados para...
Parts:Servicio de Defensa de la Competencia (expediente 520/88) contra diversas compañías de seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa), teniendo en cuenta los siguientes
Designation:consecuencia del instruido de oficio por el Servicio de Defensa de la Competencia con el número 520/88 contra diversas compañías de seguros y UNESPA y teniendo en cuenta los siguientes
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/23912627
Id. vLex: VLEX-23912627
ResolutionPrácticas prohibidas, Artículo 1 nº 317/92 of December 30, 1992 of Tribunal de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN (Expte. 317/92)
PlenoExcmos. Sres.:Fernández Ordóñez, PresidenteAlonso Soto, VicepresidenteBermejo Zofío, VocalAlcaide Guindo, Vocalde Torres Simó, VocalSoriano García, VocalMenéndez Rexach, VocalPetitbò Juan, VocalEn Madrid, a 25 de mayo de 1993.Reunido el Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia, constituido por los señores que arriba se relacionan para deliberar y fallar los recursos de súplica interpuestos por FINISTERRE S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante FINISTERRE); HERMES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante HERMES); LA ALMUDENA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS (en adelante ALMUDENA); OCASO S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante OCASO); ORIENTE S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante ORIENTE); LA PATRIA HISPANA S.A. DE SEGUROS (en adelante PATRIA HISPANA); PREVISORA BILBAINA ASEGURADORA RIAZOR S.A. COMPAÑ...
If you are already a vLex customer, Access Here