La Notaría - Nbr. 3/2000, March 2000
José María Navarro Viñuales
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Id. vLex: VLEX-240412
1. La calificación registral tiene carácter unitario: no caben sucesivas calificaciones parciales que van identificando en forma sucesiva los posibles defectos del título que se presenta a inscripción.
2. Si el crédito hipotecario concedido por dos entidades acreedoras tiene carácter solidario (solidaridad activa) no es preciso determinar en qué proporción ha entregado cada una de ellas el capital prestado.RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Notario de Madrid don José Luis Martínez Gil frente a la negativa de ...
Resolución de 15 de febrero de 2000 (B.O.E. de 15 de marzo de 2000)
COMENTARIO
I. Exposición de los hechos. La calificación registral 1. Dos entidades, actuando en forma solidaria, conceden un préstamo hipotecario a la parte prestataria. Por tanto, tenemos un supuesto de solidaridad en la parte acreedora (solidaridad activa) establecida por pacto expreso. 2. Se deniega la inscripción de la hipoteca por no determinarse qué parte de capital entrega cada una de las dos entidades a la parte deudora. Argumentos: - Se es prestatario de lo que se entrega y se ha de devolver la cuantía recibida precisamente a quien la entregó: todo ello presupone precisar quién entrega y en qué medida. - Lo único que puede garantizarse con hipoteca en favor del prestamista es lo que efectivamente entregó éste, luego hemos ...
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