La Notaría - Nbr. 3/2000, March 2000
Carlos Huidobro Arreba
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/resolucion-21-b-24-240434
Id. vLex: VLEX-240434
Es posible constituir una servidumbre siempre que ésta no agote la totalidad de las facultades del dominio del predio sirviente, y ello aunque las facultades objeto de servidumbre sean muy amplias (destinar la zona afectada del predio sirviente a paso, plantación, piscina, aparcamiento, aunque expresamente se excluye la edificación), máxime considerando el carácter temporal de la servidumbre pactada.
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don José Javier Cuevas Castaño, con...
Resolución de 21 de febrero de 2000 (B.O.E. de 24 de marzo de 2000)
COMENTARIO
I. Se establecen servidumbres recíprocas en favor y en contra de dos predios, de modo que cada uno de ellos podrá servirse del otro para utilizar una zona del sirviente colindante con el dominante para "paso, aparcamiento, espacio de desahogo, esparcimiento o jardin", quedando excluida la facultad de ed...
If you are already a vLex customer, Access Here