La Notaría - Nbr. 4/2000, April 2000
E Rodríguez Boix
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http://vlex.com/vid/resolucion-18-2000-b-15-240720
Id. vLex: VLEX-240720
No es inscribible el auto recaído en expediente de dominio, tramitado al efecto de reanudar el tracto sucesivo interrumpido, cuando el promotor del expediente adquirió la finca de los herederos de los cónyuges titulares registrales.
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Barrera Molero, contra la negativa del Registrador...
Resolución de 18 de marzo de 2000 (B.O.E. de 15 de abril de 2000)
COMENTARIO
Prosigue la Dirección, en la presente Resolución, su doctrina, plenamente acertada, de ir restringiendo, cada vez más, el ámbito y la posible aplicación del expediente de dominio reanudado...
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