La Notaría - Nbr. 4/2000, April 2000
José-María Navarro Viñuales
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/resolucion-31-2000-b-25-240769
Id. vLex: VLEX-240769
Si en el Registro de la Propiedad no consta un derecho de uso constituido judicialmente sobre la vivienda del cónyuge separado judicialmente, éste puede disponer de la vivienda que le pertenece con carácter privativo sin necesidad de acreditar la inexistencia de tal derecho y, por tanto, no siendo preciso el consentimiento del otro cónyuge o autorización judicial supletoria.
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Unión de Créditos Inmobiliarios, Sociedad Anónima, Entidad de...
Resolución de 31 de marzo de 2000 (B.O.E. de 25 de abril de 2000)
COMENTARIO
I. Hechos Don J.B.C., cuyo estado civil es de separación judicial, es titular de una finca privativa. Pues bien, don J.B.C. hipoteca dicha finca en garantía de un préstamo que recibe de la «Unión de Créditos Inmobiliarios, S. A., Entidad de Financiación». La Registradora deniega la inscripción de la hipoteca por exigir el consentimiento de la esposa o, en su defecto, autorización judicial supletoria, ya que ...
If you are already a vLex customer, Access Here