La Notaría - Nbr. 5/2000, May 2000
F. Rodríguez Boix
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http://vlex.com/vid/resolucion-4-2000-b-15-240801
Id. vLex: VLEX-240801
Pese a la amplia interpretación dada al artículo 42-1° L.H., dicho precepto no puede amparar la anotación preventiva de demandas que, caso de prosperar, no producirían ninguna alteración registral.
RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Adriano Gómez Molina y don Juan Ignacio Oleaga González, co...
Resolución de 4 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)
COMENTARIO
- Se pretende la anotación de la demanda, interpuesta por los propietarios de determinados departamentos de un edificio en propiedad horizontal contra otro propiet...
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