Appeal nº 8364/2003, Reporting Judge EDUARDO ESPIN TEMPLADO
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/24286516
Id. vLex: VLEX-24286516
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
MARCA NO REGISTRADA. PROTECCION. Se desestima el recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones de la oficina de marcas y patentes que deniega la inscripción de la marca. La demandante interpone recurso de casación. No nos encontramos ante ningún problema relativo a la protección del nombre comercial no registrado que la actora ha venido usando durante largos años, sino frente a su pretensión de inscripción de marcas con esa denominación. Y es evidente que del uso previo de un nombre comercial no registrado no se deriva ninguna limitación a la capacidad obstativa de marcas registradas prioritarias frente a la inscripción de las marcas pretendidas. El nombre no registrado usado por la actora podrá disfrutar de la protección legal que corresponda, pero en ningún caso dicha protección comprende el derecho a inscribir marcas coincidentes con su denominación con independencia y por encima del derecho de prioridad de otras marcas previamente inscritas. No se hace lugar a la casación, con imposición de costas a la recurrente.
Oficina de Patentes y Marcas
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of June 14, 2006
FERNANDO LEDESMA BARTRETOSCAR GONZALEZ GONZALEZFRANCISCO TRUJILLO MAMELYEDUARDO ESPIN TEMPLADOJOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Junio de dos mil seis. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituída en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 8.364/2.003, interpuesto por PEÑASCO RODILLA, S.L., representada por el Procurador D. Francisco Velasco Muñoz Cuéllar, contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 23 de julio de 2.003 en el recurso contencioso-administrativo número 916/2.001 , sobre denegación de marcas números 2.228.125, 2.228.126 y 2.228.127 "PEÑASCO RODILLA". Son partes recurridas la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado, y RODILLA SÁNCHEZ, S.L., representada por el Procurador D. Antonio Barreiro-Mei...
If you are already a vLex customer, Access Here