Appeal nº 64/2006, Reporting Judge JOSE JOAQUIN EVARISTO JIMENEZ SANCHEZ
Case Law No.68/2006
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Id. vLex: VLEX-24294902
CONFLICTO COLECTIVO EN LOGISTA: incidencia de la Ley Antitabaco, 28/05, de 26 de diciembre, sobre las percepciones en especie tabaco (de regalía y de fuma) de los trabajadores activos, pasivos y prejubilados: no procede que sigan percibiendo tabaco, por prohibirlo dichya Ley, pero sí procede reequilibrar el convenio deduciendo a metálico el valor del tabaco que antes de 1-1-06 se entregaba.
Case of Audiencia Nacional - Sala de lo Social nº 68/2006, of July 12, 2006
CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIADANIEL BASTERRA MONTSERRATJOSE JOAQUIN EVARISTO JIMENEZ SANCHEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a doce de julio de dos mil seis.La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, compuesta por los Sres. Magistrados citados yEN NOMBRE DE S.M. EL REY,ha dictado la siguienteS E N T E N C I Aen el procedimiento número 64/06, de la numeración de esta Sala, seguido entre las partes referenciadas en los subsiguientes antecedentes de hecho, sobre conflicto colectivo, habiendo sido Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. José Joaquín Jiménez Sánchez y deduciéndose de las actuaciones los siguientesANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO: 1- Bajo el número 64/06, con fecha 18 de abril de 2.006 se presentó demanda en materia de conflicto colectivo, promovida por los Sres. Letrados D. Manuel de la Rocha Rubí, actuando en nombre y representación de la Federación Agroalimentaria de la Unión General de Trabajadores -en adelante, UGT-, y D. Luís Zumalacárregui Pita, actuando en nombre y representación de la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras -en adelante, CCOO-, contra la empresa Logista S.A. -en adelante, Logista- y la Confederación de Trabajadores Independientes -en adelante, CTI-.2- Proveída tal demanda con fechas 18 y 19 de abril de 2.006 en el sentido de tenerla por interpuesta y registrada, se nombró Magistrado-Ponente al Iltmo. Sr. D. José Joaquín Jiménez Sánchez y se señaló la audiencia del día 4 de julio de 2.006 para los actos de conciliación y juicio, con las advertencias legales.3- Detectado que diferentes demandas interpuestas en fechas recientes ante esta Sala presentaban similares contornos pretensionales, subjetivos y objetivo a la presente, con fecha 29 de mayo de 2.006 se dictó providencias en el sentido de hacer un nuevo señalamiento conjunto de todas ellas para la audiencia del día 4 de julio de 2.006, advirtiendo a las partes acerca de la posibilidad de verificar en tal fecha las pertinentes acumulaciones.4- Con fecha 14 de junio de 2.006 las partes actoras solicitaron determinada prueba documental a requerir a la empresa demandada, lo que les fue admitido mediante providencia de igual día.5- Con fecha 26 de junio de 2.006 la Confederación General del Trabajo -en adelante, CGT- comunicó su interés de comparecer en calidad de parte en las presentes actuaciones, lo que le fue admitido mediante proveído del día siguiente.SEGUNDO: 1- Bajo el número 84/06, con fecha 16 de mayo de 2.006 se presentó demanda en materia de conflicto colectivo, promovida por el Sr. Letrado D. Julián Chamorro Gay, actuando en nombre y representación de la Confederación de Trabajadores Independientes -en adelante, CTI-, contra la empresa Logista S.A. -en adelante, Logista-, la Comisión Sindical de la empresa Logista S.A. -en adelante, Comisión Sindical-, la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras -en adelante, CCOO-, la Federación Agroalimentaria de la Unión General de Trabajadores -en adelante, UGT- y la Sección Sindical de la Confederación General del Trabajo en Logista S.A. -en adelante, Sección Sindical de CGT-.2- Proveída tal demanda con fechas 18 y 19 de mayo de 2.006 en el sentido de tenerla por interpuesta y registrada, se nombró Magistrado-Ponente al Iltmo. Sr. D. José Joaquín Jiménez Sánchez y se señaló la audiencia del día 4 de julio de 2.006 para los actos de conciliación y juicio, con las advertencias legales.3- Detectado que diferentes demandas interpuestas en fechas recientes ante esta Sala presentaban similares contornos pretensionales, subjetivos y objetivo a la presente, con fecha 29 de mayo de 2.006 se dictó providencias en el sentido de hacer un nuevo señalamiento conjunto de todas ellas para la audiencia del día 4 de julio de 2.006, advirtiendo a las partes acerca de la posibilidad de verificar en tal fecha las pertinentes acumulaciones.TERCERO: 1- Bajo el número 93/06, con fecha 1 de junio de 2.006 se presentó demanda en materia de conflicto colectivo, promovida por el Sr. Letrado D. Raúl Maíllo García, actuando en nombre y representación de la Confederación General del Trabajo -en adelante, CGT-, contra la empresa Logista S.A. -en adelante, Logista-, la central sindical Unión General de Trabajadores -en adelante, UGT-, la central sindical Comisiones Obreras -en adelante, CCOO- y la Confederación de Trabajadores Independientes -en adelante, CTI-.2- Proveída tal demanda con fechas 1 y 5 de junio de 2.006 en el sentido de tenerla por interpuesta y registrada, se nombró Magistrado-Ponente a la Iltma. Sra. Dª. Concepción Rosario Ureste García y se señaló la audiencia del día 4 de julio de 2.006 para los actos de conciliación y juicio, con las advertencias legales.CUARTO: En la fecha acabada de indicar -4 de julio de 2.006-, oídas las partes al efecto y previa decisión de acumular las cuatro antedichas demandas bajo la numeración de la más antigua, verificándolo con la plena conformidad de las partes comparecidas,...
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