Recurso de amparo nº 1923-2002, Reporting Judge Magistrada doña Elisa Pérez Vera
Case Law No.40/2005
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Id. vLex: VLEX-247488
Recurso de amparo 1923-2002. Promovido por don Bernardino P.F. frente al Auto de un Juzgado de Primera Instancia de Arzúa (A Coruña) que, rechazando la nulidad de actuaciones solicitada, confirmó la adjudicación de una finca a un tercero. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión: notificación ineficaz de la subasta de un inmueble, en ejecución de una Sentencia de remate firme (STC 39/2000).

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Constitución Española de 1978.
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial.
Conflictos constitucionales
Regulación
Case of Tribunal Constitucional - Sala Segunda nº 40/2005, of February 28, 2005
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Guillermo Jiménez Sánchez, Presidente, don Vicente Conde Martín de Hijas, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Ramón Rodríguez Arribas y don Pascual Sala Sánchez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A En el recurso de amparo núm. 1923-2002, promovido por don Bernardino P.F., representado por el Procurador de los Tribunales don Joaquín Pérez de Rada González de Castejón y asistido por el Letrado don Carlos González-Concheiro Álvarez, contra el Auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Arzúa (La Coruña), de 28 de febrero de 2002, que acordó no haber lugar a la nulidad de actuaciones solicitada por el recurrente en el juicio ejecutivo núm. 250/97. Ha sido parte la entidad Banco Español de Crédito, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Inmaculada Ibáñez de la Cadiniere Fernández y defendida por la Letrada doña Marta Pérez Vázquez, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el 1 de abril de 2002, el Procurador de los Tribunales don Joaquín Pérez de Rada, en representación del recurrente, formuló demanda de amparo, impugnando la resolución mencionada en el encabezamiento de esta Sentencia. 2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son, en síntesis, los siguientes: a) Mediante póliza de 13 de abril de 1994, el Banco Español de Crédito, S.A., formalizó un préstamo de dos millones de pesetas con don José Joaquín...
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