Capítulo II. Los partidos políticos en la Constitución española de 1978

Disolución y suspensión judicial de partidos políticos (2003)

Fermín Javier Echarri Casi - Doctor en Derecho. Letrado del Tribunal Supremo
Section: Sumario
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Capítulo II. Los partidos políticos en la Constitución española de 1978

CAPÍTULO II

LOS PARTÍDOS POLÍTICOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

1. POSICIÓN CONSTITUCIONAL

Nuestra norma fundamental, siguiendo la tendencia del constitucionalismo contemporáneo, dedica, como hemos visto, el artículo 6 a los partidos políticos. Tal relevancia, se debe sin duda, a la importancia decisiva que esas organizaciones tienen en las modernas democracias pluralistas, de forma que se ha llegado a afirmar que “hoy día todo Estado democrático es un Estado de partidos”. En este sentido hay que interpretar el hecho de que el citado precepto imponga a los partidos la condición, que no se impone a las asociaciones en general, de que su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.1

Los partidos políticos, por razón de esa cierta función pública que tienen en las modernas democracias, gozan legalmente de determinados “privilegios” que han de tener como lógica contrapartida de otras “delimitaciones” no aplicables a las asociaciones en general. Así, en nuestra legislación los partidos políticos tienen derecho a obtener ayuda financiera del Estado con motivo de su participación tanto en las elecciones generales como en las que afectan a las comunidades autónomas y a las corporaciones locales. Tienen también derecho a utilizar gratuitamente con fines electorales los medios ...

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