5. La infracción del derecho de patente: la violación por identidad y la violación por equivalencia

Estudios sobre los requisitos de patentabilidad, el alcance y la violación del derecho de patente (2005)

Miguel Vidal-Quadras Trias de Bes - Doctor en Derecho. Abogado
Section: Capítulo III. La infracción del derecho de patente
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5. La infracción del derecho de patente: la violación por identidad y la violación por equivalencia

5. La infracción del derecho de patente: la violación por identidad y la violación por equivalencia

A continuación se analizarán los elementos objetivos en virtud de los cuales puede determinarse la existencia de infracción en una determinada realización. A este respecto parece adecuado conservar la denominación de las dos formas de violación tradicionalmente consideradas por la jurisprudencia: por identidad y por equivalencia. Debido a que la infracción por identidad no presenta mayores problemas que los derivados de interpretar el alcance de la patente, la mayor parte de las consideraciones que se efectuarán en este apartado corresponden a la violación por equivalencia. Ello es así por cuanto el análisis de esta forma de infracción comporta la necesidad de analizar diversas cuestiones que van más allá de la simple comparación con el objeto de la protección conferida.

5.1. La reivindicación como objeto de la protección

La reivindicación, como ya se ha indicado en el anterior capítulo, se perfila como el eje a partir del cual gira la labor hermenéutica del intérprete de la patente553. A partir de la integración de España en el sistema de patentes europeo y de la modificación de la legislación española, adaptándola a los criterios establecidos en los sistemas europeos, se produce una modificación en los criterios sobre los cuales ha de configurarse la interpretación del alcance del derecho de patente. Ello inevitablemente conlleva determinadas modificaciones en los criterios interpretativos aplicados por la jurisprudencia tradicional en esta materia, tal y como ha sucedido en países como Gran Bretaña o Alemania.

El derecho continental europeo ha experimentado en los últimos años un progresivo acercamiento hacia las posturas tradicionales sostenidas en los países anglosajones, en los que la protección de la idea inventiva quedaba supeditada al interés general en garantizar la seguridad jurídica de los terceros. En virtud de esta premisa, la definición que el solicitante de la patente hace de la invención determinará el alcance del derecho, de forma que no podrá reinterpretarse más allá de su propio contenido ni utilizarse otro método ajeno al contenido de las reivindicaciones554, garantizando de esta manera a los terceros el derecho a adquirir una certeza sobre cuál sea el objeto de la protección otorgada al titular de la patente555.

5.2. Interpretación contextualizada del significado de la patente: el análisis de todos los elementos

Un aspecto importante a considerar en el momento de analizar la posibilidad de una infracción es el hecho de que la patente no consiste únicamente en el resultado de la invención patentada556, y que, como ya se ha dicho, todos los elementos reivindicados por el titular de la patente son esenciales en la realización de la invención. De hecho, es el propio titular el que decide su inclusión o no en el objeto de la patente. El principio conocido en su acepción inglesa como all-element rule o all-element approach tiene una gran trascendencia por cuanto en virtud de aquél el juez se halla condicionado en su juicio por los límites que el propio titular ha impuesto en su derecho, entre los cuales se encuentra el que la invención, tal y como se reivindica, debe contener todos los elementos comprendidos en la reivindicación557.

La jurisprudencia estadounidense ha sostenido de forma constante que para poder considerar la existencia de infracción es necesario que todos los elementos de la invención patentada se encuentren en la realización cuestionada558. A los efectos de determinar la infracción de una determinada patente, tanto la jurisprudencia como la doctrina entienden que en ella deben reconocerse todos los elementos de la invención reivindicada para considerar la existencia de infracción. Cada elemento reivindicado en aquélla debe encontrarse reprod...

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