Artículo 532

Tomo VII, Vol 2º, Artículos 530 a 608 del Código Civil (1990)

Juan Roca Juan - Catedrático de Derecho Civil y Abogado
Section: Sección primera. De las diferentes clases de servidumbres que pueden establecerse sobre las fincas
Permanent Link: http://vlex.com/vid/articulo-532-251579
Id. vLex: VLEX-251579

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Summary:

I. Continuas y discontinuas: 1. La justificación de las dos categorías. 2. aUso incensante» y la «dependencia de actos del hombre». 3. Alusión a las consecuencias prácticas de la distinción.-II. Aparentes y no aparentes: 1. Los «signos exteriores que revelan el uso y aprovechamiento» de las servidumbres. Alusión a la servidumbre de acueducto. 2. Algunas servidumbres «aparentes» y «no aparentes» en la casuística jurisprudencial.

Core Citations:

COMMENT
Código Civil.

Extract:

Artículo 532

Artículo 532 (*)

Las servidumbres pueden ser continuos o discontinuas, aparentes y no aparentes.

Continuas son aquellas cuyo uso es o puede ser incesante, sin intervención de ningún hecho del hombre.

Discontinuas son las que se usan a intervalos más o menos largos y dependen de actos del hombre(a).

Aparentes son las que se anuncian y están continuamente a la vista por signos exteriores que revelan el uso y aprovechamiento de la misma.

No aparentes las que no presentan indicio alguno exterior de su existencia(b).

I. Continuas y discontinuas

Aparte de la ya examinada distinción de las servidumbres en reales o prediales y «personales», conforme a los artículos 530 y 531, este artículo 532 establece otra clasificación de las servidumbres, que atiende a su modo de ejercicio y a su manifestación, distinguiendo tipos de servidumbres continuas y discontinuas, aparentes y no aparentes.

1. La justificación de las dos categorías

La distinción no afecta a la naturaleza de las servidumbres, sino a los modos de adquisición y a la manera de ejercitarlas, así como a su extinción, punto este último que ya el Derecho romano tomó en consideración para acortar, en las continuas, el tiempo para su pérdida por el no uso (De servitutibus cujus usus non est continuas, apígrafe de Dígitos 8-6-7).

El artículo 532 declara continuas aquellas servidumbres c...

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