Artículos 537 a 540

Tomo VII, Vol 2º, Artículos 530 a 608 del Código Civil (1990)

Juan Roca Juan - Catedrático de Derecho Civil y Abogado
Section: Sección segunda. De los modos de adquirir las servidumbres
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I. Consideraciones generales.-II. Usucapibilidad de las servidumbres.-III. El término de veinte años.-IV. Las servidumbres negativas.-V. Prescripción inmemorial y servidumbres discontinuas.-VI. La escritura de reconocimiento y la sentencia firme, título constitutivo.

Original:

Sección Segunda

DE LOS MODOS DE ADQUIRIR LAS SERVIDUMBRES

ARTICULO 537 *

Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren en v...

Core Citations:

COMMENT
Código Civil.

Extract:

Artículos 537 a 540

I. Consideraciones generales

En esta Sección segunda del capítulo I de este Título se enumeran, y, en parte, regulan los «modos de adquirir las servidumbres». Con tal enunciado se ofrece en seguida la observación de que los modos que ofrece no son específicamente de adquisición, sino de constitución de la situación jurídica real, que efectivamente atribuye el derecho (en cuyo sentido se adquiere cuando se constituye). Pero de adquisición puede y debe también hablarse con referencia a servidumbres ya constituidas, como sucede en los casos de transmisión del predio dominante, que transmite simultáneamente la titularidad de la servidumbre que lo beneficia, y en los supuestos excepcionales, aludidos anteriormente, de transmisibilidad autónoma de la servidumbre.

De manera que esta Sección trata, más que de la adquisición, de la constitución de las servidumbres, y el artículo 540 habla claramente de «título constitutivo».

Y todavía se mencionan tres modos: el título (entendiéndose por tal todo acto jurídico, bien sea oneroso o gratuito, ínter vivos o monis causa» 1); la usucapión (modo aplicable solamente a las servidumbres continuas y aparentes -art. 537-, y no a las continuas no aparentes ni a las discontinuas -art. 539-), y la constitución por signo aparente entre dos fincas (destino del padre de familia), que regula el artículo 541.

Claro es que las servidumbres forzosas pueden constituirse, además, por sentencia firme, como las que, declarada la existencia...

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