Artículo 541

Tomo VII, Vol 2º, Artículos 530 a 608 del Código Civil (1990)

Juan Roca Juan - Catedrático de Derecho Civil y Abogado
Section: Sección segunda. De los modos de adquirir las servidumbres
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Id. vLex: VLEX-251586

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Summary:

I. Consideración general y antecedentes.-II. Los presupuestos de aplicación: 1. Existencia de un signo aparente entre dos fincas. 2. Establecido «por el propietario de ambas». Modalidades: A) Fincas en copropiedad; B) Pacto de retro. 3. El requisito de la enajenación o separación de propiedades.-III. Medios de excluir la constitución de la servidumbre.-IV. Alusión a la posibilidad de constituir servidumbre temporal.

Original:

ARTICULO 541 *

La existencia de un signo aparente de servidumbre entre dos fincas, establecido por el propietario de ambas, se considerará, si se enajenase u...

Core Citations:

COMMENT
Código Civil.

Extract:

Artículo 541

I. Consideración general y antecedentes

Este artículo 541 del Código recoge un modo de constituirse las servidumbres prediales que recibe diversas denominaciones en razón directa del criterio adoptado acerca de su naturaleza: unas veces se habla de constitución «automática» de las servidumbres; otras, de «establecimiento por signo aparente», o de «constitución tácita», o de «constitución por destino del padre de familia» 1.

El mecanismo jurídico que el precepto describe, en relación con el contenido del artículo 536, según el cual las servidumbres se establecen «por la ley o por la voluntad de los propietarios» puede contemplarse en principio como un modo especial de constitución, un tercer género, además de las voluntarias y las legales, o como una modalidad de la constitución voluntaria, según se considere que la servidumbre deriva de un consentimiento tácito del dueño que enajena -inducido del establecimiento o conservación de los signos exteriores de sujeción de un predio a otro- o se atribuya a un efecto ex lege que transforma una situación de hecho entre predios en un derecho independiente.

La primera opinión se apoya en considerar como «título» el signo aparente. La colocación del precepto entre los modos de adquirir la servidumbre, y en que el artículo 541 establece con carácter dispositivo la presunción del acuerdo de las partes, salvo que en la escritura de en...

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