Tomo VII, Vol 2º, Artículos 530 a 608 del Código Civil (1990)
Juan Roca Juan - Catedrático de Derecho Civil y Abogado
Section: Sección séptima. De las distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones
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Id. vLex: VLEX-251629
Artículo 593
ARTICULO 593 Los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo. ...
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Código Civil.
Artículo 593
La inclusión de este precepto al tratar de las distancias de las plantaciones no tiene más justificación que la de atribuir la facultad de exigir el...
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