La adopción. Exigencias subjetivas y su problemática actual (2004)
María Luisa Vallés Amores - Doctora en Derecho. Universidad de Alicante
Section: Capítulo I. Configuración histórico-legislativa de las condiciones subjetivas de la adopción. Derecho vigente
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Derecho Romano
I. DERECHO ROMANO
1. Consideraciones previas Una adecuada comprensión de lo que representó la institución adoptiva en Roma, exige, aunque sea de manera somera, poner de manifiesto el significado que tuvo la familia en el primitivo Derecho romano1. De esta forma, puede obtenerse una visión general de las similitudes y discrepancias que la institución adoptiva de nuestros días guarda con la figura conocida en la época romana. El significado técnico de la familia es el de un grupo de personas sometidas a la potestad del padre. Estaba compuesto, de una parte, por los ascendientes y el cónyuge in manu, los extraños admitidos en el grupo en virtud de la adoptio y la adrogatio; de otra parte, los esclavos. Ésta es la que las fuentes denominan, en sentido técnico, familia propio iure2. Debe considerarse asimismo que la esfera familiar más reducida se contraponía a la asociación amplia o gens, que es tradicionalmente concebida como una comunidad familiar con gran importancia en el campo del Derecho político; estaba constituida por varias familias patricias procedentes de un antepasado común y regidas por un pater gentes. La familia romana, en su esfera reducida, como equivalente a la familia de nuestros días consistía, por tanto, en una comunidad doméstica con un jefe, el pater familias, investido de poderes (patria potestas, manus,) sobre las personas a él sometidas, en particular, la mujer y los hijos. Sin embargo, el vínculo que servía de aglutinante a los miembros de la genuina familia romana no era un vínculo biológico, sino que estaba constituido por la idea netamente jurídica de potestad, de sujección a una jefatura3. De esta manera, es la potestad y no la generación legítima la causa del vínculo de la paternidad y de la filiación. Por esta razón, en la concepción genuinamente romana, el extraño adoptado entra plenamente en la familia del pater adoptante; en cambio,...
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