Tomo IV, Vol 5º: Artículos 165 al final del Reglamento de la Ley del Registro Civil (1997)
Manuel Peña Bernaldo de Quirós - Letrado de la D.G.R.N.
Section: Subsección 3ª. De la inscripción de la filiación no matrimonial
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http://vlex.com/vid/articulo-185-252590
Id. vLex: VLEX-252590
I. ¿Cuándo procede inscribir dentro de plazo el nacimiento de un hijo de una mujer casada, sin hacer constar en la inscripción la filiación matrimonial?-II. De comprobarse por el Encargado que no rige la presunción de paternidad matrimonial, ¿realmente se inscribe definitivamente la filiación materna como no matrimonial?
Subsección 3.a
De la inscripción de la filiación no matrimonial Artículo 185 Sólo se podrá inscribir, en virt...COMMENT
Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil.
Artículo 185
I. ¿CUÁNDO PROCEDE INSCRIBIR DENTRO DE PLAZO EL NACIMIENTO DE UN HIJO DE UNA MUJER CASADA,SIN HACER CONSTAR EN LA INSCRIPCIÓN LA FILIACIÓN MATRIMONIAL?
El artículo 185 del R. R. C. viene a completar lo dispuesto en los artículos 183 y 184. Conocida legalmente quién es la madre y constando que ésta está o ha estado casada en...
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