Tribunales Superiores de Justicia
Case Law No.555/2003
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Id. vLex: VLEX-25722728
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Desestimación del recurso de suplicación
la Sala debe partir para la resolución del recurso de la declaración de hechos probados que contiene la sentencia recurrida y si en ésta se deja constancia de que el recurrente con la maduración ha mejorado hasta el punto de que no se observan alteraciones en su conducta, que tiene un nivel intelectual normal, pues estudia sin problemas, y que está integrado en un equipo de fútbol, tiene amigos, se relaciona bien y no tiene alteraciones psicopatológicas ni conductales, no cabe duda de que se ha producido una mejoría sustancial en su estado de salud, pese a que continúe tomando medicación por la noche y visite al psiquiatra cada seis meses, datos éstos que por sí solos no dicen nada en contra de la citada mejoría. Por lo que la resolución administrativa que se impugna resulta acorde con lo dispuesto.
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 191 , 194
Case of Tribunal Superior de Justicia - Comunidad Valenciana - Sala de lo Social nº 555/2003, of February 10, 2003
R.C.Sent nº 2.624/02
Recurso contra Sentencia núm. 2.624/02 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo.Sr.D. J. Sánchez Andrada En Valencia, a diez de febrero de dos mil tres. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la si...
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