Reporting Judge MANUEL JOSÉ LÓPEZ ORELLANA
Case Law No.288/02
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Id. vLex: VLEX-25793343
Estimación parcial del recurso.
Aunque no considera la Sala adecuadamente justificado el daño que se reclama como valor de compra de un casco de motociclista y de un reloj , dado que no son objetos que siempre se lleven ni es presumible, por esta razón, que haya sido así en el presente caso, cuando al aludir que tales objetos estaban completamente dañados, se pudo aportar prueba complementaria a las facturas como podrían serlo tales objetos u otra adecuada al efecto, Correspondiendo también excluir el importe que se reclama correspondiente a la empresa L.C., al no ser suficientemente expresivo el recibo que se acompaña de ella.
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 398 , 477
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. - Artículo 20
Real Decreto de 3 de febrero de 1881, de promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil. - Artículos 523 , 921
Case of Audiencia Provincial - Valencia nº 288/02, of June 10, 2002
AUDIENCIA PROVINCIAL VALENCIA SECCIÓN UNDÉCIMA ROLLO Nº 273-02 Autos: Verbal nº 26/2000 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Xativa Demandante-apelantes: Dª A.G.C.y D. J.A.R.G. Procurador.- Don E.G.S. Demandado-apelado: A. UNION ASEGURADORA Procurador.- DOÑA P.M.J. Abogado.- Don J.C.B. Demandado-apelado REBELDE: J.B.A. %(alcudia de Crespins) SENTENCIA Nº____288/02____ SECCION UNDÉCIMA ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES: Magistrado Presidente, D. J.A.A.R. Magistrados: Dña. S.C.M. D. M.J.L.O. ...
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