Reporting Judge ALBERTO JARABO CALATAYUD
Case Law No.20
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Id. vLex: VLEX-25793856
Estimado parcialmente el recurso.
Acerca de la primera de las cuestiones, alega la resolución impugnada que el Auto de 13 de Marzo no es apelable, conforme el articulo 455-1 y 456-2 de la LEC, al no tener el carácter de definitivo, en sentido del art. 207 de la LEC, en tanto que no pone fin a la primera instancia. En cuanto a la segunda de las apelaciones planteadas el acreedor ha probado de una parte, la existencia de prestamo, y ha afirmado el impago de una serie de cantidades, que apoya además en certificaciones presentadas por medio de la documental. La demandante solicita en su demanda el pago de 10.260.125 ptas, mas intereses de demora al tipo pactado, del 29%. El recurso ha de estimarse parcialmente, y ordenar en consecuencia con lo dicho, que para la ejecución de sentencia se proceda a detraer de la cantidad reclamada, 10.260.125 pesetas, la cantidad que integra los intereses nominales, y los que resultan de aplicar a ambas cantidades el 29%, que no podrán ser objeto del interés al 29% desde la interposición de la demanda.Case of Audiencia Provincial - Valencia nº 20, of January 18, 2003
Rollo Apelación 798/02 PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Vicente Ortega Llorca MAGISTRADOS Ilmo.Sr. D Alberto Jarabo Calatayud Ilma.Sra. Dª. María Mestre Ramos En la Ciudad de Valencia, a 18 de Enero de 2003, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha visto el Rollo de Apelación 798/02, proviniente del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Valencia, Autos de Juicio Ordinario, sobre reclamación, siendo la resolución apelada la Sentencia recaída en dichos autos el día 22 de abril de 2002. Han sido partes en la Apelación, como apelante P. asistido por el Letrado Dña. C. V. R. y representado por la Pro...
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