Tribunales Superiores de Justicia
Case Law No.107
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Id. vLex: VLEX-25800587
Se desestima el recurso CA. Acreditado por el dictamen pericial que, restaban algunos flecos en la total ejecución de las obras previstas en el Proyecto, y que se apreciaban defectos en la debida conservación de tales obras urbanizadoras ejecutadas, y que la obligación de conservación se mantenía y seguía recayendo en la Promotora, la resolución impugnada resulta conforme a Derecho a tenor de lo prevenido en el art. 84 de la L. 7/85, arts. 53, 83.3, 120, 122 y concordantes de la L. 76 y art. 96 y concordantes de la L. 30/92 y como derivada consecuencia, procedente desestimar, así mismo, el recurso de esta otra recurrente.
Case of Tribunal Superior de Justicia - Comunidad Valenciana - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 107, of February 15, 1999
R° núm. 4297/95
SENTENCIA N° 107 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres. Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO D. SALVADOR BELLMONT Y MORA En Valencia, a quince de febrero de mil novecientos noventa y nueve. Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm....
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