Case of Tribunal Superior de Justicia - Comunidad Valenciana - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 664, of September 12, 2005

Tribunales Superiores de Justicia

Case Law No.664
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Summary:

Se desestima el recurso CA. El presente recurso se ha interpuesto, contra las resoluciones del Hble. Sr. Conseller de Economía, Hacienda y Empleo desestimatorias de los recursos de alzada formulados contra las liquidaciones de la Tarifa G-5, para embarcaciones deportivas y de recreo. Aun cuando tanto el actor como la Administración demandada afirmen que los tramos A y B de la G5 constituyen un precio público, en realidad son tasas; y, en caso de que efectivamente la tarifa se haya eventualmente girado sobre unos servicios prestados por el club náutico, procederá entonces aplicar la doctrina de esta Sala en relación con la prohibición de doble imposición.

Citations:

Headnotes:

Dominio público
     Principios generales
          Regulación
               Mandato constitucional de regulación

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Comunidad Valenciana - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 664, of September 12, 2005

R. 2597/03

SENTENCIA Nº 664

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera

Ilmos. Sres. :

Presidente :

SALVADOR BELLMONT MORA.

Magistrados :

JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

D. CARLOS ALTARRIBA CANO.

En la Ciudad de Valencia, a doce de septiembre de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 2597/03, interpuesto por la Procuradora Dña. E.G.B., en nombre y representación de D. J.M. y D. E., contra la Generalitat Valenciana. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Letrado de su servicio jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO.- La parte d...

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