Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 29/2003, Reporting Judge MIGUEL ANGEL ABARZUZA GIL
Case Law No.15/2006
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Id. vLex: VLEX-25994149
"DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PATRIMONIO SOCIAL. La sentencia impugnada se deduce que ésta ha tenido por acreditada una actuación del liquidador injusta, que presupone o bien dolo o, cuando menos negligencia grave. En primera instancia se desestima la demanda interpuesta por Alfonso, Jesus Miguel e Ismael y se absuelve a Navarra de Transportes de Fondos y Valores, S.A.L., a Blindados del Norte, S.A., con costas a los demandantes. Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, se estima parcialmente la demanda y se condena al demandado Valentín, a que satisfaga a cada uno de los actores la cuota parte correspondiente a su cuota de liquidación teniendo en cuenta una valoración de la empresa Navarra antes de su liquidación de 198.777.887 pesetas, descontando las cantidades percibidas a cuenta; y se absuelven a las demandadas Blindados y Navarra. No haber lugar a la casación interpuesta por Valentín, con costas. No haber lugar a la casación formulado por los actores, con costas. Se declara la firmeza de la sentencia de instancia."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 386 , 394 , 398
Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Código Civil. - Artículo 6
Sociedad mercantil
Costas procesales
Condena en costas
Finalizado el proceso
En primera instancia
Sociedades anónimas
Condena en costas
Aplicación
En primera instancia
Presunciones
Clases
Presunciones judiciales
Sociedad anónima
Abogados
Honorarios
Límite
Condena en costas
Apelación
recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Sociedades anónimas
Recursos
Costas procesales
Condena en costas
Finalizado el proceso
Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación
Proceso civil
Sociedades de responsabilidad limitada
Case of Tribunal Superior de Justicia - Navarra - Sala de lo Civil y Penal nº 15/2006, of July 26, 2006
JUAN MANUEL FERNANDEZ MARTINEZ ALFONSO OTERO PEDROUZO MIGUEL ANGEL ABARZUZA GIL
S E N T E N C I A Nº 15 EXCMO. SR. PRESIDENTE: D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS: D. ALFONSO OTERO PEDROUZO D. MIGUEL ANGEL ABARZUZA GIL En Pamplona, a veintiseis de julio de dos mil seis. Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, integrada en la forma al margen indicada, el Recurso de Casación Foral nº 29/03, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra de Pamplona el 17 de diciembre de 2002 , en autos de Juicio de Menor Cuantía nº 488/00, (rollo de apelación civil nº 302/01) sobre liquidación de sociedad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Pamplona, siendo recurrentes los DEMANDANTES, D. Alfonso , D. Jesus Miguel , y D. Ismael representados ante esta Sala por el Procurador D. José Manuel Irigaray Piñeiro, y dirigidos por el Letrado D. Jesús Alfaro Lecumberri, y el DEMANDADO D. Valentín , representado ante esta Sala por el Procurador D. Pablo Epalza Ruiz de Alda y dirigido por el Letrado D. Javier Asiain Ayala y parte recurrida la DEMANDADA BLINDADOS DEL NORTE, S.A., representada en este recurso por el Procurador D. Francisco Javier Echauri Ozcoidi y dirigida por el Letrado D. Miguel Angel González González. Habiendo sido asimismo parte recurrida no comparecida en este recurso NAVARRA DE TRANSPORTES DE FONDOS Y VALORES S.A.L. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El Procurador D. José Manuel Irigaray Piñeiro en nombre y representación de D. Alfonso , D. Jesus Miguel Y D. Ismael en la demanda de juicio de menor cuantía seguido en el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Pamplona contra NAVARRA DE TRANSPORTES DE FONDOS Y VALORES S.A.L., D. Valentín Y BLINDADOS DEL NORTE S.A., estableció en síntesis los siguientes hechos: sus mandantes eran socios accionistas con un 30% del capital social de la demandada NAVARRA DE TRANSPORTES DE FONDOS Y VALORES S.A.L. y propietarios de la misma junto con otros siete socios más. Sus representados han venido padeciendo a lo largo de los años una marginación total por parte del Consejo de Administración y del resto de los accionistas por haber denunciado la irregular gestión de la misma que determinó que los tres fueran despedidos bajo la fórmula de despido improcedente. El citado Consej...
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